En diciembre de 2001 Enron quebró. Tenía deudas millonarias fuera de balance. Su caída se llevó por delante a la empresa que auditaba sus cuentas, Arthur Andersen a quien el gigante eléctrico pagaba una importante cantidad de dinero por otros servicios profesionales al margen de la auditoría, especialmente de consultoría. Como ocurre siempre que estalla una crisis, todo el mundo hizo entonces propósito de enmienda. Los reguladores anunciaron cambios en el sector de la auditoría y los miembros del sector prometieron un mayor celo en sus actividades para evitar conflictos de interés.
Una década después el debate sigue estancado. Las denominadas big four (
Deloitte, KPMG, PwC y E&Y) controlan el negocio de auditoría en un porcentaje que muchos califican de oligopolio. La rotación de auditor en una empresa es baja, y el peso en la facturación de los servicios que no son de auditoría no solo se mantiene, sino que en muchos casos aumenta. En este contexto, elFinancial Times publicaba esta semana que el departamento de Mercado Interior de la Comisión Europea, dirigido por Michel Barnier, trabaja en un reglamento cuyo objetivo es imponer duras restricciones al sector.
En España, las cuatro grandes auditoras se bastan para escrutar las cuentas de todas las empresas del Ibex 35. Deloitte acapara el 48,4% de las auditorías; PwC, el 21,2%; KPMG, el 15,15%, y E&Y, el 15,15%. Además, el número medio de años ininterrumpidos que una misma firma lleva auditando a una compañía del índice selectivo es de 12 años. Por otra parte, estas firmas (todas ellas estadounidenses) han facturado de forma conjunta 159,4 millones de euros en los últimos cinco años a los grandes grupos cotizados españoles por servicios que no son de auditoría. En 2010, último ejercicio cerrado, la minuta cobrada por las auditoras a los grupos del Ibex por trabajos ajenos a su core business supuso de media el 23% del total de la facturación.
"Evidentemente, el riesgo de que se produzcan conflictos de interés está ahí", reflexiona Carlos Fernández, Protector del Inversor de la Bolsa de Madrid. "Este sector es prácticamente un oligopolio. El hecho de que haya poca rotación es un arma de doble filo: por un lado, las auditoras conocen muy bien a sus clientes, pero, por otro, puede darse el problema de un cierto abandono", añade. Las auditoras cumplen una función social al formular una opinión sobre la fidelidad de los estados financieros de las entidades auditadas. En este sentido, el número de informes con salvedades entre las cotizadas españolas ha descendido en los últimos años. ¿Supone esto una señal de confianza para los mercados? "No sabría qué decirle. Después de lo que hemos visto con las cajas de ahorros, esta tendencia no es una garantía. Algunas cosas dejan que desear", advierte Carlos Fernández.
En octubre de 2010, la Comisión Europea publicó un Libro Verde para abrir el debate sobre la función del auditor. Bruselas advertía en este texto de que mientras la crisis había puesto en cuestión el papel de los bancos, agencias de rating, Gobiernos o supervisores, se había pasado casi de puntillas por las responsabilidades de las auditoras, cuando, en su opinión, forman también parte del origen del problema. "El hecho de que numerosos bancos registrasen pérdidas astronómicas entre 2007 y 2009 en sus posiciones tanto en el balance como fuera del balance no solo plantea la cuestión de cómo los auditores pudieron redactar para sus clientes informes de auditoría sin expresar reservas con respecto a dichos periodos, sino también la adecuación y la suficiencia del marco legislativo actual", según la Comisión.
El Libro Verde destaca que tras la desaparición de Arthur Andersen hay muy pocas sociedades con capacidad de auditar a entidades grandes y complejas, y que la quiebra de una de estas auditoras "afectaría a la estabilidad del sistema financiero en su conjunto". Además, este documento pone énfasis en que la "independencia" de los auditores debe ser "la base" del entorno de la auditoría.
Entre las medidas que la Comisión Europea sometía a debate con este documento destacaban las siguientes: que sea un tercero el que seleccione a la auditora y fije su remuneración, en lugar de la propia empresa; la rotación obligatoria en la firma que realiza la auditoría tras el transcurso de un determinado tiempo; estudiar la prohibición de prestar cualquier servicio distinto del de auditoría, y extender a toda la Unión Europea el modelo francés donde las cotizadas están obligadas a dos auditoras diferentes.
Una vez que el Libro Verde se hizo público, la Comisión abrió un periodo de consultas y en febrero de 2011 se dieron a conocer las opiniones que le habían hecho llegar reguladores, auditores y empresas. Sus respuestas, principalmente de los dos últimos actores, fueron bastante críticas con las propuestas de Bruselas. En opinión de estos grupos de interés, aspectos tales como la rotación obligatoria o la prohibición de prestar servicios distintos de los de auditoría, "lejos de contribuir a mejorar el valor añadido de las auditorías, redundarían en una disminución de la calidad de las mismas y, por tanto, podrían dañar la estabilidad de los mercados".
Tras la publicación de las respuestas al Libro Verde, el debate en torno al futuro de la auditoría entró en una fase de hibernación de la que despertó abruptamente esta semana cuando se conocía que, a pesar de la oposición de la industria, la Comisión trabaja en un borrador de un reglamento que tiene como objetivo imponer duras restricciones al sector.
El comisario de Mercado Interior, Michel Barnier, apoya que las compañías con activos de más de 1.000 millones de euros tengan la obligación de contratar a dos empresas de auditoría, incluyendo por lo menos una aparte de las cuatro grandes. Además, según el borrador, que se hará público el próximo mes de noviembre, las firmas tampoco podrán examinar más de nueve años a la misma compañía. Con respecto a los potenciales conflictos de interés, Bruselas quiere que las auditoras "de un tamaño relevante" no puedan ofrecer servicios alternativos como consultoría o asesoría.
Rafael Cámara, presidente del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España (ICJCE), considera "extraño" que la Comisión Europea "ignore" el resultado que generó la publicación del Libro Verde y el reciente apoyo del Parlamento Europeo al sector de la auditoría.
Cámara justifica el incremento de los ingresos por trabajos ajenos a la auditoría por la "especialización" tan drástica que ha tenido que afrontar la industria. "Hace unos años era impensable que nos pidieran la valoración de activos deteriorados o que analizáramos el impacto de un expediente de regulación de empleo. Estos servicios son demandados ahora por muchos clientes, y quién mejor que las auditoras, que se conocen al dedillo la empresa, para dar esos servicios".
Cámara reconoce que el oligopolio actual es una situación a corregir, y para ello sugiere la aprobación de un pasaporte europeo. Sin embargo, justifica la falta de alternativas a las cuatro grandes por la demanda del mercado: "Examinar las cuentas de multinacionales exige unos recursos que solo están al alcance de las firmas más importantes". Respecto al cambio de auditor pasado un tiempo, Cámara cree que la actual rotación del socio (que no de auditora) ya proporciona la independencia necesaria. Sobre la idea de introducir un segundo auditor en las cotizadas, el presidente del ICJCE cree que supone "duplicar gastos" en un momento de crisis y que, de ponerse en práctica, "diluiría las responsabilidades" del auditor.
En 2010 el Gobierno español reformó la Ley de Auditoría. El artículo octavo habla de que los auditores deben ser "independientes" y establecer una serie de incompatibilidades (no ser directivo de la empresa auditada, no tener relaciones de parentesco, no hacer trabajos de auditoría interna...). Con respecto a la percepción de honorarios por trabajos distintos de los de la auditoría, el legislador los permite siempre que estos no constituyan "un porcentaje significativo del total de los ingresos anuales del auditor, considerando la media de los últimos tres años". Además, el texto señala que los auditores serán contratados por un mínimo de tres años y un máximo de nueve, aunque una vez cumplido el plazo se puede prorrogar la vinculación por periodos de tres años. En relación con la rotación, la ley establece que para sociedades con ventas superiores a 50 millones de euros, una vez transcurridos siete años del contrato inicial, "será obligatoria la rotación del auditor de cuentas firmante del informe de auditoría".
"Creo que la legislación en España es bastante completa y protege ante hipotéticos abusos. Todas las medidas que ha anunciado la Comisión Europea persiguen un buen fin, pero hay que calibrar también sus consecuencias. La obligación de tener dos auditores puede, además de elevar los costes, suponer un lío fenomenal. Conocer con profundidad una empresa requiere muchos años y mucha dedicación", explica Salvador Montejo, presidente de Emisores Españoles, asociación que reúne a 38 empresas españolas cotizadas. "Lo que hay que hacer es extremar las medidas de control. Un cambio de auditor es un problema para una compañía, ya que este se convierte en un asesor por su conocimiento de la sociedad", añade Montejo.
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